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Comités Locales, Comarcales o Insulares
Cruz Roja Española cuenta con una amplia red territorial integrada por 644 Asambleas Locales, con más de 256.000 personas voluntarias y más de 1.347.000 socios. Son las Asambleas Locales las que desarrollan la atención directa con los colectivos con los que Cruz Roja interviene, y son ellas las que pueden detectar de forma más rápida las necesidades y problemáticas existentes. Esta amplia red determina de forma decisiva la capilaridad y capacidad de acción de la Institución.
Para la organización y gobierno de cada una de estas Asambleas Locales, Comarcales e Insulares, en las poblaciones donde esté establecida, o se establezca Cruz Roja Española, habrá un Comité Local, Comarcal o Insular. Son estos Comités quienes asumen el gobierno de la Institución en el ámbito territorial correspondiente, de conformidad con los fines y objetivos generales de Cruz Roja Española y de acuerdo con la política, plan y criterios establecidos por los órganos superiores de la Institución.
Los Comités Locales, Comarcales e Insulares son, en resumen, quienes establecen los objetivos de Cruz Roja en su ámbito territorial. Las funciones de estos Comités Locales, Comarcales o Insulares vienen estipuladas en los Estatutos de Cruz Roja Española (artículo 10.4), y son las siguientes:
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Establecer los objetivos de Cruz Roja en su ámbito territorial, de acuerdo con las directrices emanadas de los órganos superiores de la Institución, elaborar el plan de trabajo anual y someterlo a la aprobación del Comité Provincial.
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Deliberar y adoptar acuerdos sobre todas aquellas cuestiones que el/la presidente/a del Comité Local, Comarcal o Insular someta a consideración por decisión propia o a propuesta de, al menos, un tercio de sus miembros.
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Presentar al/a la presidente/a del Comité Provincial propuestas para el nombramiento del/de la presidente/a del Comité Local, Comarcal o Insular.
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Elegir, entre los miembros que lo forman, los vocales electivos de los Comités Provinciales en el nombre y con el procedimiento que se establezca en el Reglamento General Orgánico.
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Aprobar el informe de gestión del/de la presidente/a del Comité Local, Comarcal o Insular.
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Conocer y en su caso, aprobar la gestión de los diferentes responsables de las actividades de la Institución en la localidad o comarca.
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Aprobar los proyectos de presupuestos ordinarios y extraordinarios, sus modificaciones, la liquidación de las cuentas generales del ámbito territorial correspondiente y la memoria anual de actividad así como someterlos al conocimiento y a la aprobación del Comité superior.
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Conocer el nombramiento y cese de los/ las vicepresidentes/as efectuados por su presidente/a.
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Conocer y controlar, en el ámbito correspondiente, el cumplimiento pertinente de la normativa aplicable a Cruz Roja.
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Crear las Comisiones que considere oportunas, regular su funcionamiento, elegir y cesar a los miembros y delegar las funciones necesarias para su actuación, excepto los indelegables, en la manera y con el procedimiento que se establezca en el Reglamento General.
Difundir la actividad de su ámbito, la composición de los Comités Locales, Comarcales o Insulares es la que se describe a continuación.