• Contacto
  • Intranet
  • Identifícate
  • Sala de Prensa
  • HAZ VOLUNTARIADO
  • HAZTE SOCIO/A

Canal de denuncias - Cruz Roja

Síguenos

Twitter

Facebook

YouTube

Instagram

Flicker

Título Canal de Denuncias

Canal de Denuncias

Título ¿Por qué un Canal de Denuncias?

¿Por qué un Canal de Denuncias?

Código ético

Cruz Roja Española se rige por sus Principios Fundamentales y cuenta con un Código de Conducta cuyo principal objetivo es establecer las pautas que orienten el comportamiento de los voluntarios/as, socios/as, personal laboral y profesionales vinculados con la Institución que contribuyen al desarrollo de sus actividades en cualquier parte del mundo en lo que respecta a su forma de actuar y a las relaciones e interrelaciones entre sí, con otras Sociedades Nacionales, con los usuarios, con colaboradores externos, con instituciones Públicas y Privadas y con la Sociedad en general.

Por ello, quienes formen parte de Cruz Roja deben contribuir al logro de su misión, a través de un comportamiento que refleje de forma consistente sus principios y valores, prestando especial atención a los posibles conflictos de interés.

En consecuencia, Cruz Roja valora muy positivamente que sus personas usuarias, miembros, proveedores o colaboradores, denuncien aquellos comportamientos que infrinjan el Código de Conducta o que resulten irregulares, ilícitos o delictivos. En cualquier caso, se trata de una herramienta a disposición de cualquier persona.

Al objeto de proteger los derechos de las personas denunciantes, el canal de denuncias, es gestionado por una firma de abogados/as externa, , que tramitará el contenido de las denuncias hacia el Comité de Cumplimiento, conforme el Reglamento, garantizándose así la confidencialidad de la persona denunciante. Además, existe la posibilidad de interponer denuncia de forma absolutamente anónima.

Este canal es creado exclusivamente para denunciar irregularidades, ilícitos o delitos. En caso de que los hechos no encajen en los supuestos explicados en la sección "Cuándo debo denunciar", las personas usuarias pueden presentar una queja o sugerencia.

¿CUÁNDO DEBO DENUNCIAR?

¿Cuándo debo denunciar?

Introducción cuando debo denunciar

De acuerdo con el Reglamento, a través de este canal confidencial de denuncias se deberá informar de las conductas irregulares, ilícitas o delictivas cometidas por algún miembro de Cruz Roja o su Fundación relacionadas, entre otras, con las siguientes áreas:

Aplicaciones anidadas

Aplicaciones anidadas

Derechos Humanos

Derechos Humanos

Derechos Humanos texto

Vulneración de los derechos humanos.

Conflictos de interés

Conflictos de interés

Conflictos de interés texto

Situaciones personales o relaciones inapropiadas con terceros que puedan condicionar el correcto desempeño de los deberes para con Cruz Roja al anteponer los intereses personales a los de la institución.

Corrupción

Corrupción

Corrupción texto

Beneficios a un funcionario público para influir en su decisión, para obtener ventajas o para compensar una ventaja obtenida en el pasado, incluidos los pagos de facilitación o de agilización; garantizar cualquier beneficio a personas que no sean funcionarios públicos para inducir o recompensar el desempeño indebido de su función; la implicación de un usuario en una decisión de Cruz Roja que conlleve un beneficio directo o indirecto para ese usuario o para alguna persona relacionada con este.

Derechos de los trabajadores

Derechos de los trabajadores

Derechos de los trabajadores texto

Conductas que pongan en peligro la salud e integridad de los trabajadores, o que generen situaciones de discriminación, o supongan un acoso. Protocolo denuncia acoso.

Solvencia de Cruz Roja y aspectos contables

Solvencia de Cruz Roja y aspectos contables

Solvencia de Cruz Roja y aspectos contables texto

Ocultación de bienes, así como registro y análisis sistemáticos de transacciones comerciales y financieras incumpliendo la normativa contable.

Anomalías en el origen y destino de capitales

Anomalías en el origen y destino de capitales

Anomalías en el origen y destino de capitales texto

Conductas que hagan ineficaces las políticas de prevención de blanqueo de capitales internas, así como la obtención, gestión y empleo fraudulento de ayudas o subvenciones públicas.

Recursos informáticos

Recursos informáticos

Recursos informáticos texto

Utilización inadecuada de los equipos informáticos de Cruz Roja, descarga no autorizada de programas.

Fraudes

Fraudes

Fraudes texto

Engaños y omisiones de información relevante a terceros.

Propiedad industrial

Propiedad industrial

Propiedad industrial texto

Empleo de marcas y patentes sin disponer de la preceptiva licencia.

Confidencialidad de la información

Confidencialidad de la información

Confidencialidad de la información texto

Cualquier utilización no autorizada de la información no pública de Cruz Roja o de sus usuarios.

Aplicaciones anidadas

CWB - Denuncia

Si conoces un hecho que crees que debes denunciar
 

PRESENTA UNA DENUNCIA

 

Publicador de contenidos

PREGUNTAS FRECUENTES

Es un mecanismo a disposición de toda persona física o jurídica que tenga algún tipo de relación con Cruz Roja y a través del cual se puede comunicar una irregularidad, ilícito o delito que pueda afectar negativamente a Cruz Roja en la prestación de sus servicios. La gestión del Canal está encomendada a una firma externa, conforme el Reglamento.
Una vez recibida la denuncia se le asigna un código único y se incluye en el Registro de denuncias. Analizados los hechos de la denuncia se clasifican según su contenido principal y el nivel de gravedad de los mismos, entre leve, grave y muy grave. Posteriormente, y con exclusión de los datos personales del denunciante, la firma externa remite el Registro al Comité de Cumplimiento de Cruz Roja, que será el órgano que tome una decisión respecto de la denuncia. Así, se procede con la apertura de un expediente coincidente con el código único asignado inicialmente a la denuncia y se adopta la decisión pertinente: podrá iniciarse una investigación respecto de los hechos denunciados o bien podrá archivarse la denuncia si se considera que está totalmente infundada, constando en el expediente las razones de una y otra decisión.
El procedimiento de investigación de los hechos se regula en la normativa interna de Cruz Roja. En todo caso, el plazo para la tramitación del expediente y adopción de una decisión al respecto no podrá exceder de dos (2) meses a contar desde la fecha de su apertura. Si de la investigación resultasen confirmados los hechos denunciados, en primer lugar, Cruz Roja adoptará con carácter inmediato todas las medidas que sean necesarias para poner fin a tales actos o para evitar que ocurran. Posteriormente, en función de la gravedad de los hechos, se podrán iniciar las acciones legales que correspondan contra la persona o personas presuntamente responsables de los mismos, incluyendo las consecuencias disciplinarias internas de Cruz Roja y cuantas otras estime pertinentes.
Cruz Roja ha encomendado la gestión del Canal de denuncias a una firma externa, por lo que garantiza, en primer lugar, que la firma externa es el Encargado de la tramitación de las denuncias y del tratamiento de los datos personales, obligándose a no acceder a los mismos. De ese modo, la denuncia se realizará de forma confidencial, es decir, manteniendo en secreto la identidad del denunciante, cuyos datos sólo podrán ser revelados, previa autorización del denunciante o, en su caso, a la autoridad pública competente para la investigación de los hechos. En segundo lugar, Cruz Roja garantiza al denunciante de buena fe que no se tomarán represalias en su contra por el simple hecho de formular una denuncia. En tercer lugar, se garantiza que el tratamiento de la denuncia se realizará de forma independiente a Cruz Roja y de manera absolutamente profesional, por la firma externa
Las denuncias deben realizarse de buena fe, deben estar fundadas en la existencia de indicios racionales de la comisión de un acto ilícito, delictivo y/o contrario al Código Ético y, por lo tanto, sería recomendable que estuvieran soportadas en pruebas documentales. Aunque también son admisibles las pruebas testificales -incluido el testimonio del propio denunciante- e instrumentos de reproducción de palabras, imágenes y sonidos. En todo caso, es importante advertir que es esencial que las pruebas se hayan obtenido por el denunciante de forma lícita.
Sí. La ley exige que el denunciado tenga conocimiento de que se ha formulado una denuncia en su contra y, por lo tanto, tan pronto como se hayan realizado las comprobaciones y se haya tramitado el expediente y, en todo caso, dentro de los tres (3) meses siguientes a la recepción de la denuncia, se informará al denunciado de la existencia de la denuncia y de un resumen de la misma. Salvo en los casos previstos en el Reglamento, al denunciado no se le darán los datos identificativos del denunciante. En cuanto a los datos del denunciante, serán eliminados en el plazo de dos (2) meses tras las averiguaciones pertinentes.
Las denuncias deben ser veraces, deben realizarse de buena fe y deben cumplir con lo establecido en el Reglamento del canal de denuncias. Hay que advertir que la formulación de denuncias falsas podría ser constitutiva de los delitos de calumnias y de injurias tipificados en los artículos 205 y ss. del Código Penal. Cruz Roja podrá adoptar las medidas legales que correspondan contra la persona que formule una denuncia falsa o de mala fe.
Todos los datos de carácter personal facilitados al objeto de la denuncia serán tratados de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, para fines legítimos y específicos en relación a la investigación que pueda surgir como consecuencia de la denuncia, no se utilizarán para fines incompatibles y serán adecuados y no excesivos en relación con las citadas finalidades.