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El Derecho Internacional Humanitario
El Derecho Internacional Humanitario

Orígenes y desarrollo del Derecho Internacional Humanitario

 

La guerra ha estado presente desde el origen de la humanidad y siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres. En un principio, el derecho humanitario estaba constituido por normas no escritas, basadas en costumbres humanitarias y prácticas derivadas de imperativos morales, religiosos, políticos, militares y hasta económicos, destinadas a regular la conducta en la guerra que exigían que se respetara a quien no combate o ya no puede combatir y se le de un trato humano. Estas normas, que nacen de la guerra misma, se convierten en reglas consuetudinarias que reglamentan algunas cuestiones de las hostilidades y que fueron adoptando progresivamente los principios de necesidad, humanidad, lealtad y un cierto respeto mutuo.

Posteriormente, se empezaron a elaborar tratados bilaterales y reglamentos que los Estados promulgaban para sus tropas pero que únicamente eran válidos para un conflicto o una batalla determinada. El problema es que estas normas estaban limitadas en el tiempo y en el espacio y además variaban según la época, el lugar o la moral de las partes en conflicto.

A grandes rasgos, podemos dividir el desarrollo del DIH en cuatro períodos:

 

 

  • Antes de la Primera guerra Mundial
  • El período de entreguerras
  • Después de la Segunda Guerra Mundial
  • Época actual

 

Principios básicos generales

 

Los Principios generales del Derecho Internacional Humanitario representan el mínimo de humanidad aplicable en todo tiempo, lugar y circunstancia y sirven, fundamentalmente, para interpretar las normas aplicables en los conflictos armados.
 

Podemos distinguir diez principios generales:


 

PRINCIPIO DE HUMANIDAD.
Se debe tratar con humanidad a todas aquellas personas que no participen en las hostilidades (incluso miembros de las Fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas que hayan quedado fuera de combate por enfermedad, herida, detención o cualquier otra causa).

PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE LOS BELIGERANTES. 
La aplicación del DIH no afecta al estatuto de las partes en conflicto, ya que el ius in bello es independiente del ius ad bellum, de forma que una vez iniciado un conflicto armado se aplica de forma indiscriminada a todas las partes enfrentadas.


 

PRINCIPIO DE NECESIDAD MILITAR

El DIH establece un delicado equilibrio entre las necesidades de la guerra y los condicionamientos humanitarios, de forma que no se deben causar al adversario males desproporcionados en relación con el objetivo del conflicto armado, que es vencer al enemigo. Supone optar por el mal menor para no causar a la parte adversa mayor violencia que la exigida por el desarrollo de las hostilidades.


 

PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN.
Se prohíbe toda distinción desfavorable en la aplicación del DIH por razones de raza, color, sexo, lenguaje, religión o creencias, opiniones políticas o de otro género, nacionalidad u origen social, fortuna, nacimiento u otra condición o cualesquiera otros criterios análogos. No obstante, puede haber diferencias de trato, en beneficio de determinadas personas, con el fin de solucionar las desigualdades derivadas de su situación, necesidades o desamparo.


 

PRINCIPIO DEL DERECHO DE GINEBRA.

Las personas fuera de combate y las personas civiles que no participan directamente en las hostilidades deben ser respetadas, protegidas y tratadas con humanidad. Se refiere este principio a los heridos, enfermos, náufragos, prisioneros de guerra y población civil, víctimas de los conflictos armados.

RINCIPIO DE INMUNIDAD.
Las personas civiles y la población civil gozarán de la protección general contra los peligros que procedan de las acciones militares. No serán objeto de ataques la población civil como tal ni las personas civiles que no participen en las hostilidades. Se prohíben las represalias contra personas y bienes protegidos por el DIH.

PRINCIPIO DE PRIORIDAD HUMANITARIA.
En los supuestos de duda se debe conceder prioridad a los intereses de las víctimas sobre otras necesidades derivadas del desarrollo del conflicto armado. Las normas de DIH han sido elaboradas para garantizar la protección de los que sufren las consecuencias de la guerra y deben ser interpretadas de la forma más favorable a la defensa de sus intereses.

PRINCIPIO DE DISTINCION.
Las partes en conflicto deben distinguir en todo momento entre la población y los combatientes. Los ataques deben ser dirigidos únicamente contra los combatientes y no contra la población civil. Se hará también distinción entre los bienes civiles y los objetivos militares. Los ataques no pueden ser dirigidos contra los bienes civiles.
 

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD

Se prohíben las armas y los métodos que causen a las personas civiles y a sus bienes daños excesivos con respecto a la ventaja militar concreta y directa prevista. Así, se prohíbe lanzar ataques cuando sea de prever que causarán incidentalmente muertos y heridos entra la población civil, o daños a bienes de carácter civil, o ambas cosas, que serían excesivos en relación con la ventaja militar prevista.


 PRINCIPIO DE LIMITACIÓN DE LA ACCIÓN HOSTIL.

No es ilimitado el derecho de las partes en conflicto a elegir los medios y modos de combatir contra la aparte adversa. De manera que existen medios (armas) lícitos e ilícitos y formas de emplearlos (modos) permitidos o contrarios al DIH.

 

Fines y ámbito de actuación del DIH

La finalidad del Derecho Internacional Humanitario es solucionar los problemas de índole humanitario derivados de los conflictos armados, limitando el derecho de las partes implicadas a elegir los medios y los métodos de hacer la guerra y protegiendo a las personas y a los bienes que pudieran verse afectados por ellos.

 

¿Cuándo se aplican las normas de DIH?

¿A quienes protege?

¿A quienes obligan las normas de DIH?

 

Sistema de eficacia del DIH

Uno de los factores que determinan la eficacia de un sistema jurídico es el grado de cumplimiento por sus destinatarios, y en este sentido, el problema más grave al que se enfrenta el Derecho Internacional Humanitario es la falta de cumplimiento de sus normas. Es importante señalar que debido a la naturaleza no compulsiva de la justicia internacional, los mecanismos de aplicación del Derecho Internacional, y por tanto del Derecho Internacional Humanitario, se alejan mucho de la eficacia que caracteriza al Derecho Interno.
Es cierto que las normas de DIH se violan, debido, entre otras causas, al stress, la violencia y la ruptura del régimen social y jurídico internacional característico de los conflictos armados, al desconocimiento, a la no aceptación de las normas, a la falta de disciplina y organización o a la obediencia ciega y la impunidad, y que los medios de que se disponen para evitar este incumplimiento pueden resultar débiles pero es importante destacar que no se trata de que las normas sean inexistentes, inadecuadas o ineficaces, sino de la falta de voluntad de aplicarlas por parte de los Estados y actores implicados. Queda probado que las normas de DIH salvan vidas y protegen a las víctimas de la guerra y que los mecanismos de aplicación existentes, aunque podrían ser mejorados, han resultado realmente eficaces.

El sistema de eficacia tiene como principales protagonistas a diversos sujetos de Derecho Internacional y actores de las relaciones internacionales entre los que cabe destacar los medios de comunicación, la opinión pública mundial y las organizaciones no gubernamentales que desempeñan un papel importante en las distintas fases de aplicación del DIH como garantes de la eficacia de sus normas y, en ocasiones, como impulsores de la adopción de nuevas disposiciones a través del ejercicio de una presión constante a los representantes políticos (como en el caso del Tratado de Ottawa sobre minas antipersonal y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional).

 

A. PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DURANTE LOS CONFLICTOS ARMADOS

B. ANTES Y AL FINALIZAR LOS CONFLICTOS ARMADOS.

C. EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN EL POST-CONFILTO.

 

 

Principales normas del DIH

Podemos dividir las principales normas que regulan el Derecho Internacional Humanitario en tres grandes grupos:


 

- Normas que regulan la protección de víctimas.

- Normas que regulan la conducción de hostilidades.

- Normas específicas de los conflictos armados no internacionales.


 

Por último, es también importante conocer los distintos mecanismos de eficacia con los que cuenta el DIH.

 

>> Esquema general de normas.

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