Fil d'Ariane

Qué hacemos Migrar Regularización

BANNER TERRITORIAL - REGULARIZACION MIGRAR

TÍTULO - Cómo podemos ayudarte

Cómo podemos ayudarte

CWB 3- TEXTO REGULARIZACIÓN

Cruz Roja pone a tu disposición la información sobre la Regularización Extraordinaria. Si después de leerla tienes dudas, por favor acude a la oficina de Cruz Roja más cercana a tu domicilio Dónde estamos y/o realiza una consulta en Migrar accediendo al FORMULARIO.

Desde el día 7 de mayo, Cruz Roja es una de las Entidades Colaboradoras del Registro de Extranjería (RECEX) y podemos acreditar, cuando proceda, la situación de vulnerabilidad de personas que acceden al proceso de Regularización. Por favor recuerda que:

No es necesario presentar certificado de vulnerabilidad en todos los casos (no es necesario para personas que acceden a la regularización por las vías previstas para solicitantes de protección internacional, unidades familiares que han convivido en España ni para personas que acceden por la vía prevista para personas que han trabajado o tienen intención de trabajar). Si tienes dudas, nuestros equipos pueden ayudarte a determinar si lo necesitas.
 

Si en tu caso es necesario certificar la vulnerabilidad, acude a la oficina de Cruz Roja más cercana a tu domicilio y nuestros equipos evaluarán tu situación. 
 

Desde Cruz Roja también podemos apoyarte mediante un documento “hace constar” indicando las actividades que has realizado y la vinculación que has mantenido con nuestra entidad.
 

Igualmente, Cruz Roja te acompaña en la búsqueda de empleo y conecta con empresas adaptadas a tu perfil profesional. 
 

Para más información, envía un WhatsApp  (639135362) clicando aquí o escribe al correo infocree@cruzroja.es
 

CWB - TEXTO REGULARIZACIÓN

Plazos

  • Aprobación por el Consejo de Ministros: el martes 14 de abril.

  • Publicación del Real Decreto en el BOE: miércoles 15 de abril.

  • Entrada en vigor: jueves 16 de abril.

  • Inicio de las solicitudes telemáticas y habilitación de la solicitud de cita previa para atención presencial: jueves 16 de abril.

  • Inicio de la atención presencial: 20 de abril.

  • Fin del plazo de solicitudes: 30 de junio.

 

Requisitos

  • Acreditar la estancia en España con anterioridad al 1 de enero de 2026.

  • En el momento de presentar la solicitud, se exigirá una permanencia continuada mínima de cinco meses.

  • Será imprescindible carecer de antecedentes penales.

  • En el caso de personas solicitantes de Protección Internacional, deberán además haber presentado la solicitud antes del 1 de enero 2026.

  • Para más información, puedes visitar la página de Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

 

Requisitos adicionales para personas en situación administrativa irregular

Deberán acreditar, además, al menos uno de los siguientes supuestos:

  • Haber trabajado en España por cuenta ajena o propia o acreditar la intención de trabajar por cuenta ajena o propia.

  • Contar con una unidad familiar formada por:

    • Hijos o hijas menores de edad.

    • Hijos o hijas mayores con discapacidad.

    • Ascendientes de primer grado.

  • Acreditar una situación de vulnerabilidad.

 

Documentación

Para justificar la estancia en España se podrán presentar documentos públicos, privados o una combinación de ambos, siempre que:

  • Estén fechados.

  • Contengan datos personales que permitan acreditar la identidad y la permanencia en España.

TÍTULO - Cómo presentarlo

Cómo presentarlo

CWB 2- TEXTO REGULARIZACIÓN

Presentación telemática

  • Disponible desde el 16 de abril.

  • Requiere certificado electrónico.

  • Accesible 24 horas al día, 7 días a la semana, durante todo el periodo de solicitud.

 

Presentación presencial (siempre con cita previa)

La cita previa es obligatoria y gratuita y se puede solicitar desde el 16 de abril a través de:

  • Un formulario en la web del Ministerio, utilizando el sistema de identificación Cl@ve

  • El teléfono 060 (atención en español).

 

Dónde presentar la solicitud:

Sólo se podrán presentar en las oficinas habilitadas por el Ministerio

 

Si continuas con dudas, por favor no dudes en acudir a la oficina de Cruz Roja más cercana a tu domicilio Dónde estamos y/o realiza una consulta en Migrar accediendo al FORMULARIO.