El CEDIH - Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario
CWB - SALTO DE LÍNEA
Ogi apurrak
Encabezado El CEDIH
Título El CEDIH
EL CEDIH
CWB Texto El CEDIH
El Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de Cruz Roja Española (CEDIH), fundado en 1984, tiene como objetivo principal llevar a cabo estudios y tareas de investigación, así como la enseñanza y difusión del Derecho Internacional Humanitario. Con ello, contribuye desde el ámbito académico y profesional a mejorar la protección de las víctimas de la guerra y a investigar y difundir el derecho aplicable en los conflictos armados o Derecho Internacional Humanitario (DIH).
En concreto, difunde el contenido de los convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 y sus dos Protocolos Adicionales de 1977, las Convenciones de La Haya de 1899 y 1907, el Convenio de La Haya de 1954 y sus dos Protocolos Adicionales para la protección de los bienes culturales, así como de otros instrumentos convencionales de derecho internacional aplicables en caso de conflictos armados.
El CEDIH está adscrito a la Oficina de la presidenta de Cruz Roja Española. Se estructura en una Dirección, una Secretaría técnica y una Asesoría técnica, y cuenta con el apoyo de personal y voluntariado de diferentes áreas de la institución que colaboran en distintas iniciativas del Centro.
Además, dispone de una red amplia de colaboradores externos a la organización, especialistas en DIH, procedentes de diferentes campos como el universitario, judicial, militar o sanitario entre otros.
Título Líneas de Actuación
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
CWB Texto Líneas de Actuación
Difusión
Fomentar la enseñanza y difusión del Derecho Internacional Humanitario contribuye a la prevención de las violaciones de las normas humanitarias. Existen tres Principios fundamentales formulados en varias Conferencias de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja que recogen esta labor de difusión:
-
Aunque la difusión del DIH sea un deber de los gobiernos, deberá ser una preocupación esencial de la Cruz Roja en general y de cada Sociedad Nacional en el respectivo país.
-
La difusión de los ideales de la Cruz Roja no debe limitarse a los Convenios de Ginebra, sino que deberá incluir los Principios e ideales de la Institución y formar parte del amplio concepto de las responsabilidades de los seres humanos hacia sus semejantes.
-
La enseñanza no debe disociarse de la difusión de un espíritu de paz para todos los miembros de la Cruz Roja.
Las actividades de difusión tienen una vertiente interna, dirigida a las personas voluntarias y al personal laboral de Cruz Roja Española, y otra externa, cuyo publico objetivo es tanto especialistas en la materia, como población en general. Para ello, el CEDIH organiza jornadas, seminarios, mesas redondas o webinars.
Muy relevante la sido la participación del CEDIH y de sus colaboradores en actividades académicas, en relación con el Derecho Internacional Humanitario en el Congreso de los Diputados, Senado, Consejo de Estado, Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Escuela Diplomática, Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, Servicio Jurídico del Estado, Instituto Nacional de Administración Pública o Institutos de Derechos Humanos.
También, a través del personal especialista que colabora con el Centro, participamos en jornadas y seminarios organizados por otras instituciones fuera de nuestras fronteras como el Comité Internacional de la Cruz Roja, el Instituto Internacional de Derecho Humanitario de San Remo o el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, entre muchos otros.
Publicaciones
Constituye una constante preocupación del CEDIH el fomento de la investigación en el campo del Derecho Internacional Humanitario, facilitando ayuda académica para la elaboración de trabajos y Tesis Doctorales en la materia, en muchos casos dirigidos por los Catedráticos de Derecho Internacional que forman parte de sus colaboradores.
Además, se han publicado diversos trabajos monográficos de Derecho Internacional Humanitario, materiales formativos y libros como Derecho Internacional Humanitario (Editorial Tirant lo Blanch Monografías, Valencia 2017, 1.312 páginas), obra de gran importancia doctrinal en la materia que ha tenido una excelente acogida en España y en el extranjero y que, tras un proceso de revisión y actualización, ha tenido, desde su primera edición en 2002, dos nuevas ediciones, en 2007 y 2017.
Adicionalmente, el CEDIH publica artículos y piezas de análisis, muchos de ellos disponibles en los diferentes apartados de esta página web, así como en el medio AHORA de Cruz Roja Española.
Formación
Desde su creación el CEDIH ha impartido Cursos a más de setenta mil alumnos, realizando anualmente un promedio de cuarenta cursos o actividades de difusión en las Universidades españolas (particularmente en las Facultades de Derecho, Ciencias Políticas o Ciencias de la Información), Centros Docentes Superiores de las Fuerzas Armadas y Altos Estudios militares, Colegios de Abogados, Centros de Formación y Perfeccionamiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Centros Sanitarios, Cursos de Verano, Centros de la Cruz Roja Española, otras Instituciones docentes y población civil en general.
También se han celebrado en Madrid sucesivos Cursos de Derecho Internacional Humanitario para alumnos de Países Africanos, Iberoamericanos y Países del Este de Europa.
Asesoría
Es también función del CEDIH el asesoramiento a la Presidencia y órganos directivos de la Cruz Roja Española en materia de DIH y elaborar propuestas normativas para su aplicación en el Derecho Interno español.
Así, ha participado en el Comité de Redacción de las Conferencias Internacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, Consejos de Delegados y Asambleas Generales de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, participando sus colaboradores como expertos en numerosas Reuniones del Comité Internacional de la Cruz Roja, así como en Conferencias Diplomáticas Internacionales en la materia. Destacamos, entre otras, la Conferencia de Oslo sobre la prohibición de las minas antipersonal, Conferencia de la Haya sobre protección reforzada de los bienes culturales, Conferencia de Roma sobre el Estatuto de la Corte Penal Internacional, Conferencia de Naciones Unidas (Nueva York) preparatoria de la Corte Penal Internacional o Conferencia de Dublín sobre la prohibición de municiones en racimo.
Adicionalmente, miembros del CEDIH han participado en maniobras de las Fuerzas Armadas españolas y maniobras conjuntas de la OTAN, EUROFOR, etc. desempeñando las funciones de asesoría humanitaria para la protección de las víctimas de los conflictos armados, conforme a los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales.
Además, se ha colaborado en la redacción de distintos manuales militares: “Manual de Derecho del Mar” (Derecho Internacional Humanitario aplicable a la guerra marítima) Volumen 1 y 2. 2016; “Manual de Derecho Internacional Humanitario aplicable a la guerra aérea” en 2021; Publicación Doctrinal Conjunta – 02.01- “Derecho Internacional Humanitario en las FAS” (2022)
Propuestas normativas
EL CEDIH elaboró en 1991 una Propuesta de modificación del ordenamiento penal español para la represión de los crímenes de guerra, que fue aceptada por el Gobierno y por Las Cortes convirtiéndose en el texto vigente del Capítulo III del Título XXIV del Libro II del Código Penal de 1995 (artículos 608 a 616), que lleva por título Delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.
En el año 2002, se remitió una nueva propuesta al Ministerio de Justicia para la modificación del antes citado Capítulo III, para adaptarlo al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en materia de crímenes de guerra, así como para incriminar determinadas conductas a la vista de otros instrumentos de Derecho Internacional Humanitario, como los ataques al personal de las Naciones Unidas y personal asociado, la infracción de prohibiciones relativas a las armas biológicas, químicas o minas antipersonal, el reclutamiento de niños soldado, los ataques a bienes culturales de protección reforzada, la responsabilidad de los superiores o la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra.
La Ley Orgánica 15/2003 modificó el Código Penal incorporando la parte esencial de la propuesta del CEDIH.
Finalmente, en el año 2007, Cruz Roja, para completar la reforma del 2003 e incorporar nuevos tipos delictivos derivados de la ratificación por España de otros instrumentos jurídicos internacionales, ha enviado al Gobierno una nueva propuesta de reforma del Código Penal que afecta a los artículos: 566, 567, 611, 612, 613, 614, 616 y 616 ter.. Esta última propuesta, aprobada por las Cortes, mediante Ley Orgánica 5/2010 incrimina, entre otras, las siguientes conductas:
-
Fabricación, uso, almacenamiento y transferencia de minas antipersona.
-
Fabricación, uso, almacenamiento y transferencia de municiones en racimo que no cumplan los requerimientos establecidos por la Convención sobre Municiones en Racimo de 2008, ratificada por España.
-
Atentar contra la libertad sexual de una persona protegida cometiendo actos de violación, esclavitud sexual, prostitución inducida o forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de agresión sexual.
-
Hacer padecer intencionadamente hambre a la población civil como método de guerra, privándola de los bienes indispensables para su supervivencia, incluido el hecho de obstaculizar arbitrariamente los suministros de socorro, realizados de conformidad con los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales.
-
Dirigir intencionadamente ataques contra cualquier miembro del personal de las Naciones Unidas, personal asociado o participante en una misión de paz o de asistencia humanitaria, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, siempre que tengan derecho a la protección otorgada a personas o bienes civiles, con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados, o les amenace con tal ataque para obligar a una persona natural o jurídica a realizar o abstenerse de realizar algún acto.
-
Reclutar o alistar a menores de 18 años, o utilizarlos para participar directamente en las hostilidades.
Con esta última reforma, España cumple su compromiso de incorporar al derecho interno las violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario, requisito fundamental para dotar a estas normas de un apropiado mecanismo de eficacia y, con ello, reducir los espacios de impunidad de quienes las violan, además del importante efecto preventivo que supone la tipificación penal en el derecho interno para evitar la comisión de nuevos crímenes.
Ir a Actividades para explorar más
Título Contacto
CONTACTO
Nested Applications
Nested Applications
CWB Contacto El CEDIH
Cruz Roja Española
Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos
Oficina de la Presidenta




