Por qué puedes perder el Ingreso Mínimo Vital - Ahora
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- El Ingreso Mínimo Vital no tiene fecha de caducidad siempre y cuando la persona beneficiario y los miembros de su unidad de convivencia mantengan los requisitos que tuvieron que cumplir en su momento para acceder a la renta garantizada. Estos son los motivos por los que se puede suspender de forma temporal o perder de forma permanente.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. El IMV beneficia actualmente a más de 1,6 millones de personas en España, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
La Ley que regula esta ayuda contempla los supuestos en los que se puede suspender el pago de la renta garantizada al ciudadano y los casos en los que se produce la extinción definitiva de la ayuda a esa persona.
Causas de suspensión del IMV
Se puede suspender el IMV si se dan algunas de estas situaciones:
- Perder de forma temporal alguno de los requisitos imprescindibles para cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
- Incumplir de forma temporal (tanto el beneficiario como las personas de su unidad de convivencia) alguna de las obligaciones exigidas a la hora de cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
- Que existan indicios de incumplimientos de obligaciones o requisitos, tanto por el beneficiario como por su unidad de convivencia. En este caso, la suspensión se trataría de una medida cautelar.
- Trasladarse al extranjero por un periodo menor a 90 días sin comunicárselo a la Seguridad Social o sin justificación. Esta medida también es cautelar.
- No entregar en el plazo establecido la comunicación del mantenimiento o la modificación de los certificados expedidos por servicios sociales o las organizaciones del tercer sector cuando así se prevea. Es otra medida de carácter cautelar.
- No presentar la declaración de la Renta durante dos ejercicios consecutivos.
- Incumplir los límites de renta y de patrimonio.
- Cualquier otra causa que se establezca de forma reglamentaria.
La suspensión se mantendrá durante todo el tiempo que se mantenga la causa de suspensión, pero si se llega a un año de suspensión el Ingreso Mínimo Vital se considerará extinguido. Por el contrario, si la causa de suspensión desaparece antes el ciudadano volverá a cobrar la prestación a partir del primer día del mes siguiente al del hecho causante.
Causas de extinción permanente del IMV
La renta mínima garantizada también puede perderse de manera definitiva si se da alguno de estos motivos:
- El fallecimiento de la persona titular. En este caso, si estaba dentro de una unidad de convivencia, cualquier miembro de la misma puede pedir el IMV en un plazo de tres meses desde la fecha siguiente a la del fallecimiento.
- La pérdida definitiva de alguno de los requisitos necesarios para tener derecho al IMV.
- Una resolución recaída en un procedimiento sancionador.
- La salida del territorio nacional durante un periodo superior a 90 días al año sin justificación o comunicación a la Seguridad Social.
- La renuncia del derecho al IMV.
- El mantenimiento de la suspensión por más de un año.
- Cualquier otra causa que se determine reglamentariamente.
Cruz Roja acompaña a quienes soliciten el IMV
Cruz Roja ofrece su apoyo y acompañamiento a las personas que soliciten esta prestación. La Organización pone a disposición una guía práctica para cualquier persona que quiera resolver sus dudas sobre la prestación y los trámites a realizar para solicitarlo. En la página web de Cruz Roja, puedes solicitar información detallada sobre el Ingreso Mínimo Vital.
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